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Prorrogar o cancelar concesiones, ¿quÉ hacer?
Por Clara Luz Álvarez
Por qué tarda tanto la Comisión Federal de
Telecomunicaciones y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en prorrogar
concesiones? Parecería que es un caso más de lentitud burocrática, porque los
requisitos de ley son simples: solicitar la prórroga en un plazo determinado,
haber cumplido con sus obligaciones y aceptar las nuevas condiciones que se le
impongan. Sin embargo, las prórrogas son un tema incluso más complejo que las
licitaciones de frecuencias y su impacto en el sector es de magnitudes
equiparables. En otros países la importancia de prorrogar y la de licitar es
exactamente igual.
Pago al Estado. La discusión de las prórrogas muchas
veces se centra en cuánto tienen que
pagar, como si lo más importante fuera el dinero al Erario en vez de la
derrama económica si México tuviera más servicios de telecomunicaciones, de
mejor calidad y a menores precios. Además, recuérdese que el gobierno ha
perdido muchos litigios en tema de pagos por uso de frecuencias, teniendo que
devolver los montos con actualizaciones e intereses. Para cobrar una
contraprestación o un derecho, éstos deben estar establecidos en la ley por
mandato constitucional. El detalle es que si las prórrogas se fundamentan en la
Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT), simplemente será inconstitucional la
contraprestación porque la ley no lo contempla. Si el fundamento es la Ley
Federal de Derechos, de todos modos estará sujeta a litigio. ¿Cómo encontrar el
equilibrio entre un pago justo por usar un bien de dominio de la Nación y el
principio de legalidad?
§
No al acaparamiento de espectro. Existen empresas en
México que han obtenido mucho espectro y no lo utilizan, o lo “revenden” a
otros. ¿Por qué sucede y por qué se ha permitido? Sucede porque las
licitaciones bajo subasta ascendente asumen que aquél que esté dispuesto a
pagar más por obtener la concesión, es porque pretende hacer un uso más eficiente
de las frecuencias. Esta suposición ha resultado falsa. En la realidad algunos
pagan más porque saben que es un recurso escaso y que la autoridad tardará
muchos años en volver a licitar. Es como si en un estadio de futbol al inicio
del partido una persona compra todas las aguas y refrescos, no es porque tenga
mucha sed, sino porque sabe que a medio partido los espectadores pagarán lo que
sea por un refrescante. En estos casos lógico es que la autoridad decida no
prorrogar o prorrogar parcialmente sólo respecto a la parte que sí utiliza el
concesionario. Pero la lógica no siempre es la que prevalece.
-
Los suertudos. Algunos recibieron concesiones con
mucho ancho de banda (capacidad), quizá fue por favoritismo o porque la
tecnología en esa entonces precisaba de ese ancho de banda. El avance
tecnológico generalmente implica utilizar menos ancho de banda para prestar los
mismos servicios. Adicionalmente, algunas frecuencias se benefician por nueva
tecnología para servicios de tercera y cuarta generación. En estos casos se
puede prorrogar parcialmente para un uso más eficiente o para introducir nuevos
competidores.
Se están venciendo las concesiones de frecuencias
otorgadas conforme a la LFT, las cuales se están acumulando con las concesiones
que fueron discrecionalmente otorgadas antes de la ley. Las decisiones que debe
tomar la Cofetel y la SCT no son fáciles, más aún porque se enfrentan a grupos
de poder económico importantes. Aun cuando justifiquen debidamente las
negativas de prórroga o las prórrogas parciales, los litigios serán
inevitables. El reto más grande será que funden y motiven rigurosamente su
actuar, de otra manera incluso podrá invocarse responsabilidad patrimonial del
Estado y sus servidores públicos.
Clara Luz Álvarez
México.
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