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Por Idalia García y
Miguel Rendón
Número
44
Introducción
Un punto
de interés que se observa en las agendas
políticas de prácticamente todos
los países es la construcción de
la denominada sociedad de la información,
que sea capaz simultáneamente de funcionar
en forma adecuada en un territorio perfectamente
delimitado de un Estado-Nación y de integrarse
armónicamente en la construcción
de una comunidad internacional. Así pues,
la sociedad de la información tiene injerencia
en asuntos internos de cada nación que
la construye, y en asuntos externos de cara a
la comunidad internacional. En efecto, por un
lado esta comunidad se caracteriza porque en
ella la acción política y social
se ejerce a través de mecanismos distintos
a los tradicionales, y porque los individuos
tienen la posibilidad de organizarse y tomar
decisiones, que incluso pueden estar en contradicción
con la postura oficial existente en el país
donde habitan, respaldados por la opinión
pública internacional o por movimientos
u organizaciones internacionales. Por otro lado,
la posibilidad que tienen los miembros de la
sociedad de tener injerencia en asuntos de interés
público de la vida del país implica
que la sociedad de la información está
soportada por valores democráticos y ciudadanos
activos, conscientes y responsables.
De esta manera
observamos que para reflexionar sobre la sociedad
de la información, es necesario analizar
las relaciones que se establecen entre ese tipo
de sociedad, los valores democráticos
que la soportan, los ciudadanos que viven en
ella, las leyes que regulan el funcionamiento
de las instituciones y la función social
que éstas desempeñan como espacio
público. Ese es la estructura que se sigue
en el presente trabajo.
La intención
de esta reflexión es identificar las características
sobre las que se diseña el modelo de la
sociedad de la información en México,
específicamente desde la óptica
de la problemática de las instituciones
culturales dentro de ese planteamiento, así
como también determinar, comprender y
valorar ciertas peculiaridades que presenta la
realidad concreta de nuestro país y que
deben ser tomadas en cuenta al planear construir
la sociedad de la información mexicana.
Por ello, considerar
el punto de vista de las instituciones culturales,
nos conducirá a descubrir que el nivel
de complejidad aumenta debido a la diversidad
de factores sociales, económicos, políticos
y culturales que deben considerarse en la construcción
de toda sociedad de la información.
Características
generales de la sociedad de la información
El
término sociedad de la información
tiene su origen en los años 60 y
aunque aún existe el debate sobre quién
fue el primero en proponerlo, si F. Machlup en
su libro The Production and Distribution
of Kwoledge in the United States de 1962
o los japoneses Jiro Kamishima y Michiko Igarashi
en la revista Hoso Asahi en 1964 (Duff,
A. S., D. Craig, and D. A. McNeilli. 1996), actualmente
es un término aceptado que se emplea tanto
en agendas políticas como en trabajos
de tipo académico e incluso en el lenguaje
cotidiano. Aunque pueden apreciarse divergencias
terminológicas, ya que autores como Daniel
Bell (Bell, 1994), Anthony Giddens (Giddens,
1997) o Yoneji Masuda (Masuda, 1984) prefieren
utilizar la denominación de sociedad post-industrial.
Debido a que
el análisis se debe centrar en cuestión
de conceptos y no de términos, y de que
la comunidad lingüística ha aceptado
el término sociedad de la información,
utilizaremos este último en nuestro trabajo
e intentaremos descubrir el contenido del concepto
que éste encierra. En un primer momento
encontramos que la sociedad de la información
no se refiere a un tipo de sociedad distinta
a la capitalista sino que está circunscrita
a ella con unas relaciones de producción,
distribución, circulación y consumo
mercantilistas basadas en la propiedad privada
de los medios de producción, la división
social y económica que de ella se derivan,
y las leyes del mercado que regulan el proceso
de producción.
Por otro lado,
el concepto analizado designa un tipo de sociedad
que ocupa un lugar histórico determinado
y unas características que la distinguen
de otros tipos de sociedades históricas.
Dichas características se pueden identificar
tomando como criterio la forma en que la información
se produce, se consume y se transmite; la dinámica
de su flujo, el modo como aparece, influye y
se reflexiona sobre ella en la sociedad, así
como el valor que se le otorga.
Para evitar
ambigüedades, es importante subrayar que
el ser humano como ser histórico que hereda,
produce, usa y transmite tradiciones (Heidegger);
ser hermenéutico que crea sentidos (Gadamer);
ser económico que produce las condiciones
materiales de su existencia (Marx); ser simbólico
que comprende la realidad a través de
formas simbólicas (Cassirer), ser dialógico
que actualiza su ser en diálogo con los
otros (Habermas); ser político que participa
en la arena pública para discutir cuestiones
que afectan la vida pública (Aristóteles,
Arentd, Habermas) y ser social, SIEMPRE necesita
de información para existir y existiendo
crea información. Por lo que podríamos
calificar al ser humano, utilizando un neologismo,
como un ser informacional.
Lo anterior
significa que es falso afirmar que antes el hombre
no necesitaba información y es en la sociedad
de la información cuando aparece
esa necesidad. De ahí que resulte erróneo
definir a la sociedad de la información
como el tipo de sociedad donde la información
resulta indispensable. Lo que sucede es que la
“informatibilidad” que permea el
mundo humano aparece siempre en circunstancias
cada una de ellas contextualizadas históricamente,
esto es, se presenta en sociedades, culturas,
cosmovisiones, valoraciones específicas,
y en ocasiones en algunas de ellas pasa desapercibida.
Así pues,
de acuerdo con la forma como la información
aparece en distintas épocas del devenir
histórico de la sociedad podemos distinguir
grosso modo la sociedad de tradición oral,
la sociedad de elites privilegiadas con acceso
a documentos manuscritos, la sociedad del documento
impreso (lectora), y la sociedad de la información.
Este último
tipo de sociedad aparece gracias a condiciones
económicas, políticas, tecnológicas,
sociales y cognoscitivas que se encuentran todas
ellas interconectadas y que a su vez son dialécticamente
influidas por el fenómeno que determinan.
Algunas de estas condiciones a son: relaciones
muy cambiantes y dinámicas en la estructura
y funcionamiento de la sociedad; el fenómeno
de la globalización; la tecnología;
las características del mercado moderno;
y el elevado nivel socio-económico que
distingue a las sociedades más desarrolladas.
Las condiciones
anteriores determinan que los individuos para
actuar deben de estar, como siempre, informados,
pero ahora de manera actualizada y constante;
sus instrumentos de trabajo, educación,
recreación, formas de hacer política,
vida cotidiana, relación interpersonal
están permeados por la información
accesible por medios tecnológicos.
Ésta
se convierte en el elemento unificador de la
sociedad contemporánea. Al mismo tiempo
la realidad social descrita condiciona una cultura
informacional que es por un lado, la representación
de ese mundo informatizado tecnológica
y mercantilmente y por otro, una interacción
dicho mundo de acuerdo con su representación.
A su vez ambos elementos influyen de manera inversa
en las condicionantes arriba mencionadas, creando
un movimiento en espiral, porque la sociedad
de la información existe gracias a las
cinco condiciones citadas, pero a su vez estimula
y orienta el desarrollo de las mismas.
Así pues,
si consideramos que la sociedad es la trama de
relaciones sociales y un conjunto de instituciones,
entonces podemos decir que la sociedad de la
información desde el enfoque histórico
es el conjunto de relaciones sociales en un espacio
social (institucionalidad) altamente dinámico,
abierto, globalizado y tecnologizado, que se
apoyan y realizan a través de la información;
la cual es igualmente dinámica, abierta,
globalizada, tecnologizada además de mercantilizada
(Rendón: 16).
Ahora bien,
una de las problemáticas a analizar dentro
de la sociedad de la información es la
vinculación de sus características
o el modelo que la sustenta con el desarrollo
de la vida política de un país.
Así, cualquier modelo de este tipo de
sociedad debe incluir como soportes que la hagan
viable y no solo una utopía, slogan o
programa político en turno, unas instituciones
con una infraestructura consolidada junto con
una responsabilidad jurídicamente determinada.
Porque sin ese soporte básico, corre el
inevitable riesgo de convertirse en un acción
vacía que ve el desarrollo de sistemas
deshumanizados y deshumanizantes sin referencia
a la sociedad, por la cual y al servicio de la
cual existen. Esto puede llegar a suceder si
la sociedad de la información dispone
de ingentes recursos, pero al mismo tiempo carece
de continuidad, metas y objetivos que puedan
evaluarse por la comunidad para la que fue diseñada.
A nivel internacional
se han desarrollado diversos modelos de sociedad
de la información, locales, nacionales
y regionales en donde pueden identificarse diversas
características como la rendición
de cuentas, la efectividad de la acción
pública a través de servicios institucionales
y por supuesto la disponibilidad de información
electrónica que ha evolucionado desde
la saturación de servidores mundiales
hasta el diseño y programación
de contenidos digitales1.
Este último
punto en particular, es un tema focal de la sociedad
de la información, en tanto que involucra
el desarrollo de las tecnologías de la
información y de la comunicación
(TIC), la posibilidad económica del gobierno
para implementar dichas tecnologías, así
como las diferentes formas de acceder a la información.
De esta manera, descubrimos que la disponibilidad
de información a través de medios
tecnológicos y el desarrollo de la democracia
confluyen en la sociedad de la información
debido a que, por un lado, el modelo democrático
es tomado como la forma ideal de gobierno y como
el más apropiado para una sociedad de
la información, y por otro, la posibilidad
de acceso y uso de información son factores
esenciales para la participación de los
ciudadanos en la vida pública de la sociedad,
y por ende, en la actualización de la
democracia como forma de gobierno.
Debido a esta
confluencia es que resulta pertinente la reflexión
sobre los derechos que un Estado debe garantizar
a los ciudadanos para que éstos puedan
participar en la sociedad de la información.
Dicha participación depende de la existencia
de condiciones institucionales en donde dichos
derechos no solamente estén garantizados
sino se puedan ejercer puntualmente. De ahí
que esta reflexión nos conduzca directamente
al terreno de los derechos, y por la problemática
que analizamos, de unos derechos especiales:
los culturales.
Derechos
culturales, sociedad de la información
e instituciones
Como hemos mencionado, una de las características
esenciales de la sociedad de la información
es la posibilidad de los ciudadanos de tener
acceso efectivo a la información pública
y por tanto, se deben considerar todos los medios
e instrumentos que garanticen ese acceso. Entre
estos últimos se encuentran las instituciones
culturales como las bibliotecas y los archivos,
por lo que cualquier modelo de sociedad de información
debe definir la función, responsabilidad
y alcance de las mismas. Sin embargo, en ocasiones
dichas instituciones no son incluidas en el modelo
de sociedad de la información, ya que
se considera como información pública
solamente aquella que es generada por la actividad
del gobierno y, por consecuencia se planean las
políticas informativas sólo en
función de ésta: se pone a su disposición
toda la tecnología e infraestructura,
e incluso se emiten leyes específicas
que regulan su disponibilidad, pero se olvida
a otras clases de información que también
debe ser tomadas en cuenta para que el ciudadano
goce de todos sus derechos, incluyendo los culturales.
Así pues,
el modelo democrático y los factores que
lo soportan, incluyendo instituciones y valores,
son factores determinantes que deben ser incluidos
en las características de la sociedad
de la información. Sin embargo existe
la discusión entre los teóricos
de la democracia sobre cuáles son esos
factores que identifican a la democracia. Por
un lado encontramos pensadores que resaltan la
presencia de valores e ideales como elementos
distintivos de la democracia (Pía Lara.
1992; Lechner. 1986) y por otro, se encuentran
los politólogos de la llamada visión
procedimental que señalan a propiedades
capaces de ser verificadas empíricamente
y cuantificables como características
específicas de la democracia. (Dahl. 1997;
Downs. 1973; Buchanan y Tullock. 1980; Schumpeter.
1984).
La primera visión
tiene la desventaja de que se concibe a la democracia
como un proceso continuo y permanente que nunca
se logrará concluir, por lo que no se
puede hablar de sociedades democráticas
en un sentido estricto; mientras que la segunda
visión elimina de su análisis,
debido a su afán positivista de realizar
estudios totalmente objetivos, el factor de los
sujetos, y el tipo de variables tan difíciles
de ser controladas e incluso definidas como la
libertad, los valores, intereses, sentidos, que
ello conlleva, como elementos centrales de la
democracia.
Existe una tercera
posición para la que la democracia es
la combinación de elementos reales e ideales.
(Cansino. 1996; Rendón. 1997; Sartori.
1969). La democracia contemporánea, como
representativa y liberal, se fundamenta en leyes,
instituciones, división de poderes y ciudadanos.
Si se limita la visión a los tres primeros
elementos se tiene un enfoque estructuralista,
donde las personas no son importantes, sino lo
son los sistemas que actúan de manera
natural. Sin embargo no se puede negar que sin
la participación de los sujetos, como
ciudadanos, es imposible hablar de un sistema
democrático porque son ellos los que dan
vida a las estructuras vacías.
Si la democracia
es de acuerdo con Montealegre (1999)2
la preocupación de proteger un núcleo
de derechos humanos, o con Habermas el llegar
al consenso sobre cuestiones públicas
a través del diálogo en el espacio
público, es condición necesaria
que cada sujeto quiera proteger los derechos
humanos y elija el diálogo como opción
política, renunciando al interés
de dominio e intolerancia a favor del entendimiento,
del acuerdo y del pluralismo. De esta manera
se descubre que la acción que es condición
para la democracia: la aceptación del
diálogo y del alter, es una acción
moral, es decir, una elección libre y
consciente, que puede hacerse o no hacerse. En
efecto, la simple posibilidad de la misma elección
abre el camino para poder elegir lo contrario:
la negación del diálogo y de la
alteridad. De paso, cabe mencionar que es en
este momento cuando se hace evidente la conexión,
vista ya desde Aristóteles, entre la esfera
política y la esfera ética-axiológica.
La deliberación
y la elección mencionadas se realizan
cada vez que se lleva a cabo una acción
política, es decir, cada hombre que entra
a la escena política debe hacer esa elección,
siempre con la posibilidad de que tal vez elija
el diálogo o tal vez opte por la dominación.
Ese momento ético explica la continua
construcción de la democracia y su propiedad
inherente de ser algo inacabado. Mientras se
realice una nueva acción política,
ya sea por un nuevo hombre o por un viejo político,
la democracia siempre estará abierta,
porque ese nuevo hombre o ese viejo político
la está actualizando.
De ahí
que el estructuralismo no logre explicar totalmente
el fenómeno de la democracia, y también
de ahí que la teoría desarrollista
que se tenía en los años 60 y que
ligaba el desarrollo económico de una
sociedad a su desarrollo democrático fracasara.
Se puede obtener el máximo desarrollo
económico, se puede tener un alto grado
de educación de la población (la
Alemania nazi no era precisamente un país
de analfabetas), pero si la acción volitiva
es por el conflicto, no interesa la posición
económica, el conocimiento: la democracia
no se da. Es en ese momento cuando deben intervenir
los elementos formales de la democracia.
La sociedad
se tiene que defender y actuar en contra de elecciones
no éticas que le den la primacía
al no-diálogo, que opten por ver al sujeto
como objeto y deseen dominarlo y manipularlo.
Por lo tanto, se deben tener los mecanismos necesarios
para obstaculizar o castigar esas acciones, surgiendo
de esta manera la democracia como procedimiento.
Finalmente,
es preciso señalar que los valores sobre
los que se construye una democracia descansan
en una realidad ontológica que es el Nosotros,
por lo que al mismo tiempo a partir de este último
se desprenden, por un lado principios universales
que cuidan la existencia y el desarrollo de ese
Nosotros, y por otro, principios que reconocen
y resguardan la diferencia y pluralidad de los
integrantes de ese Nosotros.
La construcción
de cualquier sociedad de la información
depende de la comprensión de la idea que
un colectivo tenga sobre la misma .El contenido
de esa idea va surgiendo a partir de los avatares
históricos de cada sociedad; por lo que
en última instancia es ese proceso quién
determina las características y las aspiraciones
de esa sociedad de la información.
Por norma general,
la estructura y funcionamiento de la sociedad
está determinada por los derechos reconocidos
a los ciudadanos. En los estados que se reconocen
democráticos se toman en consideración
los derechos humanos inherentes a la naturaleza
del hombre y los derechos culturales y sociales,
como derechos programáticos (Dorantez
Díaz), es decir son derechos que evolucionan
gradualmente y se implementan de la misma manera
según evoluciona la comprensión
social de los mismos.
De esta manera,
los derechos culturales van siendo garantizados
en cada sociedad mediante la construcción
de estructuras jurídicas e institucionales
que permiten a los individuos ejercer un derecho
que no solo se les ha reconocido sino además
se les ha fomentado. Un caso particular de esas
estructuras son las instituciones en las que
los ciudadanos pueden ejercer sus derechos culturales
tales como los archivos y bibliotecas.
No obstante,
el problema que debe ser incluido en la reflexión
y que afecta a la actividad de estas instituciones
es el que se refiere a la identificación
y definición de los derechos culturales,
entre los que se incluye el derecho a la información.
Pero dicho derecho no puede ser reducido únicamente
a la información pública gubernamental
como se define en nuestra ley sino a la posibilidad
de acceso a cualquier tipo de información
que se encuentre en esas instituciones.
Es decir, la
apreciación del derecho a la cultura debe
comprender de manera conjunta el derecho a la
educación, el derecho a la información
como la posibilidad de recibirla y transmitirla,
y el derecho de autor como el espacio de la creación.
Simultáneamente es necesario analizar
cómo estos derechos coexisten en las instituciones
culturales y por ello la exigencia de que el
marco jurídico reconozca el papel y la
función de esas instituciones en la construcción
de la sociedad de la información y, especialmente
en la consolidación de una cultura de
la misma. De tal forma que bibliotecas y archivos,
puedan convertirse en verdaderos espacios sociales
de transmisión de los valores democráticos
sobre los que se soporta la sociedad de la información.
Panorama
de las instituciones de cultura en México
Reflexionar
sobre instituciones culturales, implica necesariamente
traer al espacio de la reflexión, aspectos
tales como leyes culturales y patrimoniales,
función social de las instituciones y
responsabilidades de las mismas. Por norma general
estos aspectos forman parte de políticas
públicas y por tanto es posible delinear
su contenido en relación directa a lo
que las leyes establecen para definir tanto a
las instituciones de cultura como a sus responsabilidades.
Desde esta perspectiva
jurídica el panorama nos muestra que en
nuestro país la definición legal
a la que nos referimos parte solamente de la
comprensión de servicios operativos que
estas instituciones deben ofrecer a la ciudadanía
sin considerar la función social que deben
cumplir de acuerdo a su naturaleza. Esa visión
limitada no permite identificar claramente la
problemática institucional que se deriva
de esos servicios. La información como
tal, interesa a la institución cultural
desde el momento que se materializa en documentos
que deben ser sometidos a un tratamiento específico
para estar en posibilidad de ser ofertados a
la sociedad.
Esta forma en
que es abordada la problemática de la
información para definir políticas
culturales y por tanto la asignación de
recursos, posibilita que la existencia y función
de instituciones culturales tan emblemáticas,
como archivos y bibliotecas, se realice sin un
adecuado marco legal que les permita ir adaptando
ese entorno jurídico a sus funciones que
día a día van evolucionando y a
los servicios de información que la propia
sociedad demanda. Lo anterior propicia que se
mantengan ciertos espacios legales que por aplicación
de políticas culturales han dejado de
ser funcionales. Por ejemplo, la responsabilidad
funcional de la Dirección General de Bibliotecas
Públicas se realiza a través del
Consejo Nacional para la Cultural y las Artes,
pero jurídicamente esa función
se le entregó a la Secretaría de
Educación Pública.
Efectivamente
la cuestión legal que atañe a archivos
y bibliotecas en México, sólo representa
una parte del inmenso problema que estas instituciones
enfrentan cotidianamente para ofrecer servicios
de información. El texto del Programa
Nacional de Cultural que emprendió el
gobierno en turno, reconoce que “plantear
un modelo de política cultural para el
México de hoy exige reformular el marco
jurídico y administrativo de los organismos
nacionales de cultura, hacerlo más coherente
y actualizado; proponer una legislación
que sustente una auténtica política
de Estado en materia de cultura”3.
Es decir, existe
conocimiento de esta problemática legal
e incluso intenciones de resolverla. Pero, a
la fecha no se ha abierto un foro de discusión
en donde archivos y bibliotecas, de carácter
federal y estatal, tanto públicas como
privadas, puedan verter sus opiniones sobre aspectos
que necesariamente les afectarán a mediano
y a largo plazo. De ahí, que no resulte
extraño que la aprobación de la
denominada ley de transparencia, no haya incluido
un aspecto tan relevante y necesario, como las
instituciones que no sólo custodian la
información de la administración
pública sino que la organizan y sistematizan
en ocasiones con escasos recursos tanto materiales
como humanos.
Por tanto, como
habíamos dicho es importante considerar
la realidad material del problema de la información,
porque la ley exige a las instituciones que oferten
la información de forma pública
sin considerar si cuentan con todas las condiciones
necesarias para realizar esta tarea. En nuestra
opinión, esta manera de comprender y enfrentar
un problema fundamental para el desarrollo democrático
del país tiene que ver tanto con un desconocimiento
de la realidad institucional de la información,
como con una escasa reflexión sobre el
nudo institucional creado por los textos legales
vigentes que no deja ver con claridad las competencias
y por ende las responsabilidades institucionales.
Por ejemplo,
no se observa el problema que conlleva la reproducción
de la información como actividad inherente
en la sociedad de la información y que
necesariamente afecta a otro tipo de derechos
como los institucionales o patrimoniales. Lo
anterior resulta más relevante si se considera
que ese tipo de sociedad tiene entre sus peculiaridades
más distintivas la oferta de información
electrónica en portales de acceso.
Es decir, tanto
los aspectos legales como técnicos y tecnológicos
deben prever lo que afectará a la socialización
de la información que se pone a disposición
pública. Esta última idea también
se reconoce en el Programa de Cultura anteriormente
citado, ya que expresa que “lo propio,
lo específico de la ciudadanización
de la política cultural es que reconoce
la centralidad de los intereses y la participación
de los ciudadanos en los procesos de creación,
promoción y difusión de la cultura.
Por tanto, la ciudadanización como estrategia
de política cultural sólo es viable
bajo un régimen que se comprometa con
los valores y las prácticas de la democracia”4.
Sin embargo,
desde nuestro punto de vista la ciudadanización
debe tener como condición sine qua
non un proceso de socialización de
la información misma y de los usos que
se haga de ella por parte de los sujetos para
consolidar valores democráticos. Precisamente
estos valores son los que ayudan a orientar el
trabajo de las instituciones, cuestión
no del todo superflua ya que los valores “no
son fácilmente transmisibles y, comoquiera
que se pierden fácilmente, cada nueva
generación tiene que aprenderlos de nuevo”5.
Hasta el momento,
el análisis que se ha realizado sobre
la sociedad de la información se queda
en un nivel funcional y estructural. Consideramos
que la reflexión debe elevarse hasta el
nivel de la cultura como forma eminentemente
humana de creaciones espirituales, entendidas
éstas como creaciones de sentido, visiones
del mundo y valores sobre los que se soportan
la cotidianidad.
Es decir, la
sociedad de la información incluye una
cultura que se debe de caracterizar por la conciliación
de formas de apreciación de distintos
grupos sociales, por permitir coexistir al universalismo
dado por la globalización con las visiones
locales o regionales dadas por el devenir histórico
de cada comunidad. Esta situación que
está presente en los modelos de sociedad
de información de otros países,
en el nuestro tiende a separar la democracia
del factor cultural como unidades no relacionadas
del mismo proceso.
De ahí
que no se comprenda el valor de la institución
como espacio de construcción social. Por
el contrario, se tiene la tendencia a “pensar
que las instituciones funcionan por así
decir con piloto automático y garantizan
los derechos al margen de las sociedades y de
sus culturas políticas”6.
De tal forma
se deja a las instituciones que resuelvan de
la mejor manera que les sea posible su participación
en la sociedad de la información. En consecuencia
no se llegan a integrar políticas nacionales
y estatales que gradualmente diseñen la
estructura institucional para que la sociedad
de la información sea una realidad en
donde los grupos sociales sepan o aprendan a
participar, utilizando los recursos de información
que tienen a su disposición sin crear
conflictos de ninguna naturaleza.
El mundo
institucional y la sociedad de la información
en México: relevancia de archivos y bibliotecas
El
espacio de las instituciones de cultural en México
no es un asunto fácil de presentar por
la complejidad jurídica y social que se
ha creado para éstas. Las instituciones
que denominamos culturales son básicamente
de cuatro tipos: archivos, bibliotecas, museos
y espacios educativos relacionados con el panorama
cultural. Como ya hemos aclarado, el problema
legal parece estar relacionado con un escaso
conocimiento y por tanto con una reflexión
parcial sobre el problema que viven estas instituciones.
La problemática implica considerar desde
los recursos necesarios para realizar las tareas
que se les encomiendan hasta la valoración
social que se hace de esas tareas.
Desde 1988 el
Estado mexicano decidió agrupar a las
instituciones y actividades relacionadas con
el panorama cultural del país bajo la
tutela del Consejo Nacional para la Cultura y
las Artes. Este consejo (CONACULTA) es considerado
como un “órgano administrativo desconcentrado
de la Secretaría de Educación Pública
[SEP] que ejercerá las atribuciones de
promoción y difusión de la cultura
y las artes”7.
Esta institución sustituye en funciones
a las que ejercía la Subsecretaría
de Cultura de la propia SEP.
Sin embargo,
el decreto mencionado no modificó la realidad
jurídica existente de las instituciones
culturales con las que se relacionaba directamente.
Aparentemente el problema político y jurídico
de la esfera cultural mexicana se podía
resolver sustituyendo el nombre de una entidad
por otra en las funciones jurídicamente
establecidas. Es decir, ahí donde decía
SEP ahora se debe leer CONACULTA.
Lamentablemente
carecemos de estudios especializados que nos
proporcionen un acercamiento a las características
generales que tienen las instituciones culturales
en nuestro país. Técnicamente CONACULTA
debería ofrecer a la ciudadanía
información estadística general
y específica sobre estas instituciones.
Sin embargo, la parcelación de las instituciones
culturales derivada de las normas legales se
ve reflejada en los espacios de información
electrónica que se han diseñado
a la fecha.
Por ejemplo,
el lugar de los archivos dentro del mundo institucional
no parece estar vinculado con el panorama cultural
porque todo lo relacionado a estas instituciones
se realiza desde un sistema nacional coordinado
por el Archivo General de la Nación, el
cuál depende directamente de la Secretaría
de Gobernación. Queda fuera de este panorama
cultural la actividad que se realiza en la Dirección
General de Promoción Cultural, Obra Pública
y Acervo Patrimonial que depende directamente
del Oficial Mayor de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público. La
misma problemática encontramos en la actividad
de la Biblioteca Nacional de México que
se encuentra dentro de la estructura de la Universidad
Nacional Autónoma de México.
Si observamos
el panorama de la información cultural
mexicana que se ofrece en el espacio de la red,
descubrimos el desorden estructural y jurídico
al que nos hemos referido. Es decir, no se ha
aprovechado el espacio virtual como posibilidad
de ofertar información cultural de forma
ordenada y organizada para la ciudadanía.
Pero incluso no se le ha dado el mismo valor
a este tipo de información pese a que
en algunos casos puede considerarse como “información
pública gubernamental” de acuerdo
al texto legal que hemos citado. Por ejemplo,
la información que se ofrece desde el
Instituto Nacional de Antropología e Historia,
entidad pública con atribuciones federales,
relacionada con los monumentos históricos
catalogados es solamente un muestrario de algunos
de ellos. Cabría esperar que se ofreciera
el catálogo completo de los monumentos
históricos8
registrados para cualquier persona que deseara
conocer algo sobre este tema, ya que la única
información que puede ser considerada
privativa del Estado es aquella referida al valor
económico del bien cultural debido a que
puede prestarse a interpretaciones equívocas.
Ahora bien,
a diferencia de otros países el poder
legislativo mexicano no ha considerado la relevancia
de contar con leyes generales para las instituciones
culturales. A la fecha carecemos de un marco
jurídico que regule la actividad de los
archivos y museos mexicanos. Tampoco cuentan
con leyes específicas las cinetecas y
fototecas del país, pese a que en los
últimos años han cobrado mayor
relevancia por la consideración del valor
informativo que tienen audiovisuales, películas
y fotografías como testimonio de nuestro
pasado reciente.
Son las bibliotecas
las únicas instituciones que cuentan con
una ley específica aprobada en 1988. Sin
embargo, esta ley no considera a la institución
en su función de lugar de memoria colectiva
y por tanto relacionada con el patrimonio cultural
de México. Recientemente se ha elaborado
una propuesta jurídica para aprobar una
nueva ley general para estas instituciones. Sin
embargo, ante esta propuesta es necesario plantearse
dos interrogantes. En primer lugar qué
sentido tiene contar con una nueva ley sin haber
evaluado la efectividad institucional y social
de la anterior, quizá al realizar este
ejercicio se llegaría a la conclusión
de que solamente debamos reformar el texto legal
vigente. La segunda interrogante se refiere a
cuestionar por qué no se considera la
acción de CONACULTA en diecisiete años
de labor ininterrumpida coordinando el panorama
de la cultura en México, ya que la propuesta
legal vuelve a recuperar el lugar de la SEP como
entidad coordinadora de las instituciones culturales
del país.
Esta realidad
descrita y analizada afecta necesariamente la
función social de archivos y bibliotecas
dentro de la sociedad de la información.
En otras latitudes estas instituciones han ido
cobrando gradualmente mayor importancia en el
desarrollo de la sociedad de la información.
Esta tendencia puede observarse en dos puntos
particulares. El primero consiste en concebir
a los archivos y las bibliotecas como lugares
colectivos desde donde se ofrecen ciertos servicios
públicos y donde se puede observar mayor
movilidad de la información. El segundo
es que esos servicios se refieren directamente
a derechos culturales reconocidos previamente
por los Estados.
Si no consideramos
la acción social de estas instituciones,
es muy probable que en un breve plazo aparezca
una confrontación directa entre el ciudadano
que demanda un servicio de información
garantizado constitucionalmente, y la institución
que supuestamente debería cumplir esa
demanda pero no lo puede hacer puntualmente,
porque no se han realizado las tareas previas:
organizar y sistematizar la información
previamente compilada.
Conclusiones
En
un país como México, donde existen
problemas sociales y económicos aún
no resueltos, la construcción de la sociedad
de la información tal y como se plantea
parece una utopía. Evidentemente esta
realidad social no puede ser un impedimento para
que nuestro país se integre a la globalización
de la información, pero debemos trabajar
en dos frentes simultáneamente. Por un
lado, se debe atacar la injusticia social y la
corrupción para construir un modelo de
sociedad incluyente, y por otro lado, se debe
invertir en la infraestructura necesaria para
apuntalar a las instituciones como espacios sociales
en donde los integrantes de la sociedad puedan
gozar de todos sus derechos, incluyendo los culturales.
De esta forma los individuos estarían
en posibilidad de convertirse en ciudadanos que
participan activamente en la vida pública
del país.
Solamente consolidando
un modelo de sociedad soportado en valores democráticos
con instituciones acordes a ese modelo es que
podemos aspirar a transmitir lo construido a
las siguientes generaciones. No podemos suponer
que contar con leyes e infraestructura institucional
nos garantizará de forma permanente una
sociedad consciente de que su fortaleza se basa
en la comprensión plena de sus derechos
pero también de sus responsabilidades.
De ahí que contar con leyes eficaces y
en concordancia con la realidad institucional
necesaria para una sociedad de la información
en México sean tan solo el primer paso
hacia nuestra participación activa en
el complicado mundo contemporáneo.
En dicho mundo
la tecnología de la información
ha cobrado relevancia, pero no podemos esperar
que ese instrumento sea la única condición
para que la información se parte de la
realidad cotidiana. El hecho de que exista potencialmente
sobreabundancia de información, no equivale
directamente a democratización de la información.
Como hemos analizado,
si en nuestra realidad nacional encontramos una
tendencia a elaborar leyes que se sobreponen
a otras sin evaluar la eficacia de su trayectoria
y una falta de conocimiento de la realidad institucional
de la información, entonces tendremos
tensiones en un panorama cultural que de por
sí ya es complejo.
Finalmente,
nos hemos olvidado considerar que el ciudadano
es un elemento crucial en todo modelo de sociedad
de información. Todo intento de construir
un modelo de dicha sociedad, sin considerar el
proceso de formación de personas en toda
la extensión de la palabra y, que por
lo tanto incluye formación política
y ciudadana, es querer avanzar hacia el vacío.
Notas:
1
Entre algunos podemos mencionar el Programa
France dans la société de l’information
el cual surge como una de las prioridades
del Gobierno Francés desde 1997; el Programa
The Information Society Iniciative (ISI)
implementado por el Reino Unido desde 1996; el
Proyecto Catalunya en Xarxa: Pla Estrategic
per a la Societat de la Informacio de la
Catalunya Comissionat per a la Societat de la
Informacio, organo del gobierno de la Generalitat
de Catalunya; el Proyecto de la Comisión
Europea Alliance for a Sustainable Information
Society (ASIS), el cual surge como iniciativa
de una reunión celebrada en 1998; la inclusión
del tema "La sociedad de la información"
en la agenda de discusión de la reunión
del Grupo de los siete (G7) celebrada en Bruselas
en febrero de 1995; el Proyecto de la UNESCO
Communities an the Information Society: The
Role of Information and Communication Technologies
in Education, liderado por el IBE (International
Bureau of Education); el Programa eEurope
2005 Action Plan y el Proyecto MINERVA
como el estadio final del proceso regional
europeo.
2 Hernan Montealegre.
“Política, democracia y derechos
humanos”. Perspectivas. Vol. 2,
no. 2 (mayo 1999). Texto disponible en <http://www.perspectivas.cl/>
[Consultado: Marzo de 2005]
3 Programa
Nacional de Cultura, 2001-2006, p. 22. Texto
disponible en <http://www.conaculta.gob.mx/programa/index.html>
[Consultado: Febrero de 2005]
4 Idem.
5 John Gray.
“Una ilusión con futuro”.
Letras Libres, año 6, no. 71 (noviembre
2004), p. 14
6 Francisco
Naishtat. “El horizonte insuperable de
la democracia”. Hacia dónde
va el pasado: el porvenir de la memoria en el
mundo contemporáneo / comp. Manuel
Cruz. Barcelona: paidós, 2002. p. 242
7 Decreto de
creación del Consejo Nacional para la
Cultura y las Artes. INAH, una historia /
coordinadores Julio César Olivé
y Bolfy Cottom. 3era ed. México: INAH,
2003. Vol. 2, p. 380-382
8 La información
sobre este tema puede consultarse en la página
<http://www.inah.gob.mx/index_.html>
[Consultado: Marzo de 2005]
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Dra.
Idalia Garcia
Dr. Miguel Angel Rendón
Investigadores titulares del Centro Universitario
de Investigaciones Bibliotecológicas de
la Universidad Nacional Autónoma
de México, México. |